
Desde la Policía Local recuerdan que todos los vehículos de movilidad personal deben cumplir cuatro normas para poder circular:
a) Disponer del certificado de circulación.
b) Estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos, concretamente en el registro de Vehículos Personales Ligeros.
c) Disponer de la etiqueta identificativa y exhibirla reglamentariamente.
d) Disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil.
Asimismo, se recuerda que los patinetes comercializados antes del 22 de enero de 2024 que no dispongan de certificado de homologación pueden continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027, a partir de esta fecha no podrán hacerlo por las vías públicas.
Los conductores de vehículos de movilidad personal deben respetar todas las normas de circulación cuando circulen por las vías públicas.
Además de las generales, hay tres prohibiciones específicas para la circulación de patinetes en vías públicas:
a) Circular dos personas en el vehículo.
b) Circular por aceras y zonas peatonales.
c) Llevar auriculares puestos o hacer uso del móvil.
Además, desde la Policía Local recomiendan el uso de casco y prendas reflectantes.
¿Quién es responsable?
En el caso de que la infracción sea cometida por menor de edad, hay que tener en cuenta que, según el artículo 82 de la Ley de Tráfico: «Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con el pago de la multa impuesta sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales, por ese orden».
¿Qué es un vehículo de movilidad personal?
El famoso patinete eléctrico es un vehículo de una sola pieza, con una o más ruedas, que se propulsa exclusivamente por motores eléctricos, que puede alcanzar una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y que no puede tener asiento o sillín (excepto si cuenta con autoequilibrado).
¿Cómo puedo registrar mi patinete?
Todos los propietarios de patinetes (o sus tutores legales si son menores) deben inscribir su vehículo de movilidad personal en el Registro Nacional de Vehículos como paso previo a la obtención del seguro obligatorio.
Se puede realizar la inscripción de forma telemática en la web de la Dirección General de Tráfico y, si necesita ayuda, puede llamar al 060.
Una vez tenga el certificado ha de adquirir la etiqueta identificativa y colocarla en el portaidentificador que lleva el vehículo.
¿Cuáles son las sanciones por no cumplir las normas?
Si no lleva seguro será sancionado entre 202 y 610 euros, o entre 250 y 800 euros si se considera vehículo a motor.
Circular con auriculares: 200 euros.
Hablar por el móvil mientras circula: 200 euros.
Subir más de una persona: 100 euros.
Circular bajo efectos de alcohol o drogas: las mismas sanciones que el resto de los conductores.
En el caso de ser menores de 18 años: responden padres o tutores legales.
Informa: Sabín | Cartel: Policía Local
Fuente Oficial: Ajuntament de Puçol




